Instituto de la Defensoría Pública
Asistencia Jurídica en agencias del Ministerio Público

Homoclave:
IDP - 003
Descripción:
Asistir jurídicamente a toda persona que sea señalada como probable responsable de la comisión de un hecho con apariencia de delito a fin de que goce de una defensa legal técnica adecuada, ya sea que se encuentre puesta a disposición del Agente del Ministerio Público Investigador, o bien que se le siga una carpeta de investigación en mesa de trámite.
Unidad Administrativa:
Instituto Especializado de la Defensoría Pública.
Clasificación:
Servicio
Formas de realizarlo:
Presencial
Quién puede realizarlo:

Persona que sea señalada como probable responsable de la comisión de un hecho con apariencia de delito del fuero común.

Casos en los que debe o puede realizarse:

Cuando la persona que sea señalada como probable responsable de la comisión de un hecho con apariencia de delito del fuero común y sea puesta a disposición del Ministerio Público.

Documento o servicio a obtener:
Asistencia jurídica.
Costo:
Gratuito.
Forma de pago:
No aplica
Lugares donde se puede realizar el pago:
No aplica.
Requisitos:

1. Solicitar asistencia jurídica de una persona defensora pública
2. Presentar la documentación que en su momento le sea solicitada por parte de la persona defensora pública para elaborar alguna estrategia de defensa.

Formatos o documentos adjuntos:
No aplica
Pasos a seguir:
1. Que la persona señalada como probable responsable de la comisión de un hecho con apariencia de delito del fuero común, sea puesta a disposición del Ministerio Público.
2. El probable responsable o la autoridad ministerial, requiera la asistencia jurídica del defensor público.
3. Una vez designada la defensa a cargo del defensor público, le proporcionará la información relacionada con su asunto.
4. El usuario deberá estar pendiente del seguimiento de su asunto hasta la judicialización o archivo de la carpeta de investigación que se inició en su contra.
Inspección o verificación:
No aplica.
Tiempo de entrega:
Inmediato, la asistencia jurídica se otorga desde el momento que se da la orientación sobre su problemática.
Afirmativa o negativa ficta:
No aplica
Plazo de prevención:
No aplica
Vigencia:
No aplica.
Criterios de resolución:
Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para recibir la asistencia jurídica.
Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación:
El servicio no requiere inspección o verificación.
Observaciones:
"ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por...
...II. Asistencia Jurídica: La asesoría, gestión, representación, patrocinio o defensa que otorga el Instituto
en un asunto en particular;..."
Dado que cada asunto particular implica la recolección de diferente documentación en atención a la materia o el estado que guarda el asunto entre otros, se considera que el servicio se perfecciona desde la asesoría inicial.
Centros de atención:

Domicilio: "C-5" Unidad de Flagrancia, Anillo Periférico Ecológico km 4.5, Cuautlancingo, Puebla, Puebla, C.P. 72700.
Horario de atención: las 24 horas del día los 365 días del año para el caso de haber detenido.
Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Unidad responsable:

Subdirección de Asuntos Penales.
Domicilio: Calle 14 Norte No. 205, Barrio de la Luz, Puebla, C.P. 72377.
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Número(s) telefónico(s): (222) 246 31 88 ext. 107.
Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.



Fundamento jurídico:
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 17; Artículo 20 Apartado. B Fracción VI y VIII.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

  • Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla. Capítulo IV, artículo 90.

https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/4558-ley-organica-del-poder-judicial-del-estado-de-puebla

  • Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla. Artículo 5 fracción I

https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Ley_Org%C3%A1nica_de_la_Defensor%C3%ADa_P%C3%BAblica_del_Estado_de_Puebla_T5_23032023.pdf

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo 88 último párrafo.

https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Constitucion_Politica_del_Estado_Libre_y_Soberano_de_Puebla_EV_02022024.pdf

  • Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo tercero transitorio en el Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, el jueves 27 de noviembre de 2014.

https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/375-codigo-penal-del-estado-libre-y-soberano-de-puebla

  • Código Nacional de Procedimientos Penales. Artículos 3º, fracción V; 17, párrafo primero; 66, 113 fracción XI, 115, 488, tercer párrafo

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf

Poder Judicial del Estado de Puebla