Instituto de la Defensoría Pública
Asistencia Jurídica en materia Laboral
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Trabajador(a) o sus beneficiarios(as).
2. Declaración de Beneficiario
3. Finiquito y Pago de prestaciones legales (vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, prima de antigüedad)
4. Rescisión sin responsabilidad para el trabajador
5. Reparto de Utilidades
Solicitar la asistencia jurídica
1) Ingresar a la página del Poder Judicial y en el banner “Citas en Línea Defensoría” agendar la respectiva cita para la atención de primera vez en el área de asuntos laborales https://citasenlinea.pjpuebla.gob.mx/)
2) Acudir a las oficinas que ocupa el área de asuntos laborales, ubicadas en Privada 121 poniente número 1126 Colonia San Francisco Mayorazgo, en el interior de Tribunales Laborales (planta baja)
ó
1) Acudir sin cita, directamente a las oficinas que ocupa el área de asuntos laborales, ubicadas en Privada 121 poniente número 1126 Colonia San Francisco Mayorazgo, en el interior de Tribunales Laborales (planta baja)ente a las oficinas que ocupa el área de asuntos laborales, ubicadas en Privada 121 poniente número 1126 Colonia San Francisco Mayorazgo, en el interior de Tribunales Laborales (planta baja)
Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para recibir la asistencia jurídica.
La Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla establece
"ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por...
...II. Asistencia Jurídica: La asesoría, gestión, representación, patrocinio o defensa que otorga el Instituto
en un asunto en particular;..."
Dado que cada asunto particular implica la recolección de diferente documentación en atención a la materia o el estado que guarda el asunto entre otros, se considera que el servicio se perfecciona desde la asesoría inicial.
El solicitante cuenta con los siguientes tiempos para iniciar su proceso:
1. Despido Injustificado. Cuenta el usuario de 60 días naturales para interponer la acción correspondiente a partir del despido.
2. Declaración de Beneficiario. Los beneficiarios cuentan con 1 año para interponer la acción correspondiente, a partir del deceso del trabajador.
3. Finiquito y Pago de prestaciones legales (vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, prima de antigüedad, etc.). Los trabajadores y/o beneficiarios cuentan con 1 año para interponer la acción correspondiente.
4. Rescisión. Los trabajadores cuentan con 30 días naturales para interponen la acción correspondiente, a partir del conflicto.
5. Utilidades. Los trabajadores cuentan con 1 año para interponer la acción correspondiente, a partir de la declaración anual de la parte patronal
Al momento de realizar la cita en línea para la obtención del servicio se debe contar con la CURP del solicitante.
PUEBLA
Domicilio: Privada 121 poniente número 1126 Colonia San Francisco Mayorazgo, en el interior de Tribunales Laborales (planta baja).
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Dirección de correo electrónico:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Área Laboral del Instituto de la Defensoría Pública
Domicilio: Privada 121 poniente número 1126 Colonia San Francisco Mayorazgo, en el interior de Tribunales Laborales (planta baja).
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Última Reforma DOF 24-01-2024 Artículo 123 apartado A y B
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
- Ley Federal del Trabajo Vigente, Última Reforma DOF 24-01-2024 (Nuevo Sistema Laboral) Artículos 20, 21 y 685 Ter
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf
- Ley Federal del Trabajo, Reforma DOF 30-11-2012 (Anterior Sistema-Tradicional) Artículos 20 y 21
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lft/LFT_ref26_30nov12.pdf
- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, última Reforma 07-01-2023 Artículo 90 primer párrafo
- Ley Orgánica de la Defensoría Pública del Estado de Puebla, última Reforma 23-03-2023 Artículos 2 y 5 fracción II y 13