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Escuela Estatal de Formación Judicial
Gestión para la obtención de certificado de estudios de Maestría o Especialidad

Homoclave:
EEFJ - 003
Descripción:
Gestión para la obtención de certificado de estudios de Maestría o Especialidad
Unidad Administrativa:
Escuela Estatal de Formación Judicial del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla.
Clasificación:
Trámite
Formas de realizarlo:
Presencial
Quién puede realizarlo:

Los egresados y las egresadas del posgrado o especialidad.

Casos en los que debe o puede realizarse:

El trámite de Gestión para la obtención de certificado de estudios de Maestría o Especialidad puede iniciarse cuando él o la estudiante acredite desde el primer periodo del programa de estudios en el que haya causado alta. El trámite de certificado de estudios completo deberá tramitarse cuando él o la estudiante acredite el 100% de los créditos que integran el plan de estudios del programa académico que haya cursado.

Documento o servicio a obtener:
Gestión para la obtención de certificado de estudios de Maestría o Especialidad
Costo:

Expedición o duplicado de Certificado de estudios $320.00 mxn.
Expedición de Certificado parcial de estudios $320.00 mxn.

Forma de pago:
Transferencia bancaria, Depósito bancario, Pago en Línea
Lugares donde se puede realizar el pago:
  • Sucursales bancarias que se muestran en la orden de cobro: Bajío, Banco Azteca, Banorte, BBVA, Citibanamex, HSBC, Santander, Scotiabank, Financiera Bienestar (TELECOMM).
  • En la página de Gobierno del Estado de Puebla, a través del link: https://rl.puebla.gob.mx/.
Requisitos:
a) Acta de nacimiento, extracto (Original y copia) o digital. (Impreso)
b) CURP con leyenda “CURP certificada: verificada con el Registro Civil” reciente. (Impreso)
c) Certificado de licenciatura. (Copia)
d) Título de licenciatura. (Copia)
e) Cédula profesional. (Copia)
f) 6 fotografías tamaño infantil, blanco y negro, en papel mate adherible, fondo blanco, recientes. Mujeres: únicamente con blusa blanca, aretes pequeños, maquillaje discreto, pelo recogido (que no cubra orejas, frente ni hombros). Hombres: únicamente con camisa blanca (sin saco, sin corbata), en caso de tener barba y/o bigote, delineados y sin cubrir las comisuras de los labios.
g) Comprobante de pago de derechos de certificado. (Original)

 

*Formatos o documentos adjuntos: No aplica.

Formatos o documentos adjuntos:
No aplica
Pasos a seguir:
  1. El o la interesada solicita al área de control escolar la verificación de promedio general obtenido y la revisión de expediente, mismo que deberá integrar los documentos citados en los incisos del a) al f) del apartado “Requisitos” para poder iniciar con el trámite, excepcionalmente cuando él o la interesada hayan elegido la opción de titulación por estudios de Maestría, los requisitos que integrará serán los señalados en los incisos del a), b), c) y f).
  2. El o la interesada solicita ante el departamento de contabilidad carta de no adeudo y referencia de pago de derechos y entregar a Control Escolar comprobante de pago de derechos de certificado.
  3. Una vez realizado lo anterior, el departamento de contabilidad verifica el pago de derechos, en caso de haber sido efectuado, se inicia con el trámite, en caso negativo, se reenviará la ficha de pago.
  4. El o la interesada recibirá notificación por parte del área de control escolar para acudir a recoger el documento en mención. Esta acción puede ser realizada por el o la interesada o por persona tercera con carta poder simple.
Inspección o verificación:
No aplica.
Tiempo de entrega:
40 días hábiles.
Afirmativa o negativa ficta:
No aplica.
Plazo de prevención:
No aplica.
Vigencia:
Permanente
Criterios de resolución:
  • Integrar el expediente con los requisitos solicitados.
  • Realizar el pago de derechos.
Información a conservar para fines de acreditación, inspección o verificación:
No aplica.
Observaciones:
  • Cada documento debe ser integrado en el expediente del interesado.
  • El certificado de estudios no se entregará sin antes haber realizado el pago de derechos del mismo.
  • Se podrá entregar el certificado de estudios a persona tercera siempre y cuando presente carta poder simple.
Centros de atención:

Escuela Estatal de Formación Judicial del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla.
Domicilio: 5 Oriente No. 9, Colonia Centro, Puebla, Puebla, C.P. 72000 (Palacio de Justicia).
Horario de atención: lunes a viernes de 08: 00 a 15:00 horas.
Número(s) telefónico(s): (222) 243 15 70 y (222) 243 15 76          
Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

*Consultas o envío de documentos

Unidad responsable:

Mtra. Dulce María Pavón Jiménez, Titular de la Escuela Estatal de Formación Judicial del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla.
Domicilio: 5 Oriente, Número 9, Colonia Centro Histórico, Puebla, Puebla, C.P. 72000 (Palacio de Justicia).
Horario de atención: lunes a viernes de 08: 00 a 15:00 horas
Número(s) telefónico(s): (222) 243 15 70 y (222) 243 15 76
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Fundamento jurídico:

   

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 88.

           https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Constitucion_Politica_del_Estado_Libre_y_Soberano_de_Puebla_EV_07112024.pdf

 

  • Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla, artículos 87 y 88

           https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Ley_Organica_del_Poder_Judicial_del_Estado_de_Puebla_T7_23022024.pdf

 

  • Ley de Educación del Estado de Puebla, Título décimo Primero. De la validez de estudios y certificación de conocimientos. Capítulo único. De las disposiciones aplicables a la validez de estudios y certificación de conocimientos. Art. 137, 141; Título décimo segundo. De la educación impartida por particulares, capítulos I, artículos 142, 143, 145.

           https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Ley_de_Educaci%C3%B3n_del_Estado_de_Puebla_T4_05082024.pdf

 

  • Ley de Ingresos para el Estado de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2025, artículo 98, fracciones XX y XXXIII.

           https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Ley_de_Ingresos_del_Estado_de_Puebla,_para_el_Ejercicio_Fiscal_2025_T2_11122024.pdf

 

  • Lineamientos de Control Escolar para la inscripción, reinscripción, acreditación, regularización y certificación de las Instituciones de Educación Superior con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios; capítulo VI.       

                                      https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Lineamientos_Control_Escolar_inscripci%C3%B3n_reinscripci%C3%B3n_acreditaci%C3%B3n_regularizaci%C3%B3n_y_certificaci%C3%B3n_Instituciones_Educaci%C3%B3n_Superior_Reconocimiento_Validez_Oficial_Estudios_T4_12092024.pdf



 

 

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